Tegucigalpa 11 de septiembre de 2020
Las empresas deben dar asueto a sus trabajadores que se encuentren laborando de manera presencial y también a los que están desde sus casas, según el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP).
Mediante un comunicado, el COHEP confirma que de acuerdo al artículo 339 del Código del Trabajo, el 15 de septiembre, asimismo 3, 12, 21 de octubre y 25 de diciembre, son los feriados nacionales que deben conceder a sus empleados.
También establece que siguiendo con el artículo 340 del Código del Trabajo, si existe un convenio entre el empleador y empleado, se trabajará teniendo en cuenta que, durante los días feriados se pagará con el duplo del salario correspondiente a la jornada ordinaria.
En el feriado conocido como Semana Morazánica, se otorgará desde el primer miércoles del mes de octubre, dichos días se deben conceder de la siguiente forma:
Para el sector privado, los feriados se darán a partir del miércoles 07 de octubre a las 12:00 AM y finalizarán el sábado 10 de octubre a la misma hora.
Por otro lado, las empresas que tienen contratos colectivos vigentes, y establezcan estas fechas de octubre de manera diferente, entonces se cumplirá lo acordado en dichos convenios.
O en caso contrario, concertar la modificación de los días con una debida anticipación.
Del mismo modo, al existir limitaciones de circulación, producto de la crisis sanitaria por la pandemia del COVID-19, el COHEP aconseja estar atento a las comunicaciones oficiales que, al respecto dispongan las autoridades del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER), y las disposiciones del Sistema Bancario y Financiero Nacional.
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